
¿Cómo es el trámite del Certificado de Conservación de Fachada?
El trámite tiene una particularidad que sorprende a casi todos los consorcios: no lo puede iniciar el profesional. Lo tiene que abrir el propietario, y recién después entra el técnico. Si no sabés eso, el expediente se traba antes de empezar.
Acá está el circuito completo, con los dos portales que intervienen y qué hace cada uno en cada paso.
¿Qué necesitás antes de arrancar?
Dos cosas. La primera es usuario y clave miBA con nivel 3 de validación de identidad, que es lo que da acceso al portal de la Agencia Gubernamental de Control. Si tenés miBA pero de un nivel más bajo, el portal no te va a dejar entrar y hay que validar la identidad antes.
La segunda es un profesional de la construcción habilitado por su consejo. El Código exige que la certificación la firme un profesional con alcances de título en la materia y cuya categoría y matrícula lo habiliten. El trámite admite el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo, el de Ingeniería Civil y el de Ingeniería Industrial. En Estudio TREO firman arquitectos e ingenieros matriculados en CPAU y CPIC.


¿Quién hace cada paso?
Intervienen dos portales distintos y no son intercambiables.
El propietario trabaja en el portal de Conservación y Mantenimiento de Instalaciones y Fachadas. Ahí declara la ubicación del inmueble y designa al profesional que va a certificar.
El profesional trabaja en el portal de Fachadas. Ahí carga los datos del relevamiento y confecciona el informe técnico.
Recién cuando el propietario designó al profesional, el profesional puede cargar. Ese orden no se puede invertir, y es el motivo más común de demora en los trámites que nos llegan frenados.
El paso a paso
Primero, la inspección. El profesional revisa el exterior del inmueble y toma los datos para el informe técnico: estado del material, revoque, pintura y mantenimiento de frentes y contrafrentes, con balcones, terrazas, barandas, carteles, marquesinas, toldos, maceteros, antepechos, soportes e instalaciones. La verificación incluye además las fijaciones, los niveles, la escuadra y el estado de cargas de cada elemento.
Segundo, el propietario abre el trámite. Entra al portal de Conservación y Mantenimiento, declara la ubicación y designa al profesional contratado.
Tercero, el profesional carga. Entra al portal de Fachadas y vuelca el relevamiento en el informe técnico.
Cuarto, interviene el consejo. El trámite se envía al Consejo Profesional correspondiente para que certifique la encomienda.
Quinto, sale el certificado. Validada la encomienda por el consejo, se emite el Certificado de Conservación con su código QR.
Sexto, se descarga. El certificado queda disponible en los dos portales: el propietario lo baja del suyo y el profesional del suyo.
¿Cuánto cuesta el trámite?
El trámite ante la Ciudad es gratuito, según la Ley Tarifaria vigente. Lo que se paga es el trabajo profesional —la inspección, el informe técnico y la encomienda— y el visado del consejo. Si alguien te cotiza un «arancel del Gobierno de la Ciudad» por este trámite, preguntá de qué se trata.
¿Qué pasa si la fachada no está en condiciones?
El certificado dice que el edificio se encuentra sin riesgo para la seguridad en cuanto al estado de conservación edilicia. Si en la inspección aparecen problemas, eso no se puede firmar.
En ese caso entregamos primero un informe preliminar con lo que hay que reparar, ordenado por urgencia, para que el consorcio pueda pedir presupuestos y decidir. Una vez ejecutadas las tareas volvemos, verificamos y ahí sí emitimos el certificado. Es el camino largo, pero es el único que no expone a nadie a firmar algo que no se sostiene.
¿Cómo se pide la eximición?
Por el mismo portal de Conservación y Mantenimiento, y con una ventaja: la eximición la puede iniciar el propietario en forma directa, sin designar profesional, aunque también puede hacerla a través de uno.
Hay dos tipos. La eximición por característica edilicia mira la altura del inmueble, y es la que corresponde a los casos de planta baja hasta 4,00 metros y a las viviendas de hasta 9,00 metros retiradas de la Línea Oficial. La eximición por antigüedad edilicia mira la fecha de construcción, que es lo que define si el edificio ya entró en la escala de los quince años.
En los dos casos la solicitud queda sujeta al análisis de la autoridad competente: se pide, no se declara.
¿Cuánto demora?
Nuestra parte tiene tiempos previsibles: coordinamos la visita en pocos días y el informe queda cargado poco después de la inspección. Lo que no depende de nosotros es la validación del consejo y la emisión del certificado, que corren por sus propios plazos.
Por eso conviene no dejarlo para cuando ya llegó la intimación. El certificado se puede sacar antes de que venza el anterior, y ahí el trámite se hace sin apuro.
¿Dónde se presenta y quién lo emite?
El organismo es la Agencia Gubernamental de Control, a través de su Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 2941, de lunes a viernes de 9 a 13.30. Las consultas se responden online por la Mesa de Atención Virtual o en forma presencial.
El trámite en sí, de todos modos, es íntegramente web: no hay que ir a hacer cola para presentarlo.
¿Quiénes Somos?
ESTUDIO TREO S.R.L., más de 20 años de experiencia en CABA (GCBA)
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